El falso autónomo es una figura controvertida. Tal vez hayas oído hablar de los falsos autónomos y de alguna polémica al respecto. Estamos hablando de un tipo de trabajador que, por el bien de la economía, debería estar limitado y controlado, ya que provoca una situación laboral que puede ser injusta.

En este artículo hablamos de qué es un falso autónomo, cuál es su situación y por qué este caso se da con bastante frecuencia. Debemos indicar que es una situación ilegal que puede acarrear sanciones de la Inspección de Trabajo para la empresa responsable.

¿Qué es un falso autónomo?

Un falso autónomo es un autónomo regularizado en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) que le corresponde en España. Esto, como en otros regímenes, implica una serie de derechos y obligaciones para él.

Sin embargo, ese mismo autónomo se halla contratado para proporcionar una actividad profesional para una empresa o un pequeño negocio, dependiendo de dicha empresa a nivel retributivo y en todo lo demás. A todos los efectos, como si se tratase de un trabajador más.

Partimos de la premisa de que un trabajador por cuenta ajena tiene ciertos derechos: contribuciones a la Seguridad Social, prestación por desempleo, etc. Un autónomo tiene otros, ya que pertenece a otro régimen de cotización. Sin embargo, la anomalía del falso autónomo es estar adscrito al régimen por cuenta propia mientras, a efectos prácticos, su situación puede equipararse a la de un trabajador por cuenta ajena. Su mismo nombre lo indica.

falso autónomo

Requisitos para ser considerado un falso autónomo

Veamos cuáles son los puntos que un falso autónomo debe cumplir para considerarse como tal:

  • Está dado de alta en el RETA.
  • Una empresa organiza y manda el cien por cien de su trabajo: tiene un horario y un puesto de trabajo concretos.
  • No utiliza sus medios sino los de la empresa.
  • Carece de libertad para hablar del sueldo.
  • Su relación puede finalizar en cualquier momento sin indemnización.
  • No está regulado por un convenio.
  • Paga sus propias cotizaciones a la Seguridad Social y sus seguros.
  • No tiene derecho a vacaciones.

¿Por qué se contrata a un falso autónomo?

Aunque cada vez está más vigilado, el caso del falso autónomo todavía se da con cierta frecuencia en España. El motivo es que para las empresas, hay muchas ventajas: para empezar, un ahorro importante en las cotizaciones a la Seguridad Social de esa persona, ya que las paga el propio autónomo.

Por otro lado, la relación profesional puede finalizar en cualquier momento, por parte de la empresa, sin justificación ni compensación alguna. Es decir, es como tener un trabajador a tiempo completo pero sin darle todos los derechos que le corresponden como tal. Otro derecho que pierde ese falso autónomo es el de las vacaciones, que se suma a la antigüedad, posibles trienios, o la pérdida de su trabajo en caso de baja. Y no hablemos de la futura jubilación. La protección para esa persona es prácticamente nula.

La figura del autónomo dependiente

El falso autónomo no debe confundirse con el autónomo dependiente. Esta segunda figura es legal, y está contemplada por la ley. También conocido como TRADE, es un trabajador autónomo dado de alta en el RETA y que recibe al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente.

En los casos de autónomo dependiente, se establece un contrato entre empresa y autónomo donde se habla de las garantías y derechos, muchos de ellos equiparables a los de un trabajador por cuenta ajena.

Los autónomos dependientes pueden trabajar por su cuenta y son libres de desarrollar sus actividades. Por ejemplo, puede coger vacaciones pagadas, tiene acceso al paro y a indemnizaciones, y está protegido por la ley.

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Sanciones por contratar a un falso autónomo

Como hemos visto, la figura del falso autónomo es bastante nociva para las relaciones entre empresas y autónomos. Por eso, la ley la prohíbe de forma explícita. Pero va más allá de la prohibición: se establecen sanciones pecuniarias para aquellas empresas que contraten trabajadores como falsos autónomos. Veamos cuáles son:

  • Sanciones mínimas: desde 3.126 euros hasta 6.250 euros.
  • Sanciones medias: entre 6.251 euros y hasta 8.000 euros.
  • Sanciones máximas: desde 8.000 euros y hasta 10.000 euros.

Como vemos, las multas a asumir por parte de la empresa son elevadas. Pero hay más, ya que la empresa sancionada también deberá:

  • Contratar al trabajador de forma inmediata en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Saldar cualquier cotización a la Seguridad Social correspondiente a los últimos 4 años, según el tiempo que se ha tenido al falso autónomo trabajando, con recargos de hasta el 150% por cuota.
  • Si las cuotas no pagadas superasen los 50.000 euros, se podrían abrir diligencias penales para la empresa y sus responsables.

La justicia siempre se pondrá de lado del trabajador falso autónomo en estos casos.

Cómo denunciar los contratos de un falso autónomo

Tanto si conoces a alguien en la situación del falso autónomo como si sospechas que tú mismo podrías estarlo, hay varios canales mediante los cuales puedes denunciarlo. Veámoslas.

  1. Denuncia ante la Inspección de Trabajo. Es el procedimiento más rápido, en especial si puedes denunciar mientras se está llevando a cabo la actividad profesional. Esto permite demostrar rápidamente si hay una vulneración.
  2. Denuncia anónima. Existe un buzón anónimo en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) contra el fraude laboral. Se puede enviar una denuncia sin identificar quién denuncia, pero sí la empresa denunciada. Si se confirman las sospechas, se realizará una inspección como en el punto 1.
  3. Denuncia al Juzgado de lo Social. Se puede interponer una demanda laboral y dejar la decisión en manos de un juez, aportando todas las evidencias necesarias. Este canal es especialmente útil tras un despido, porque permite aspirar a la indemnización y quizá a la reincorporación si la finalización de la relación laboral fue basada en motivos que no están claros.

En solo dos años, en España se han regularizado más de 80.000 falsos autónomos. Los sectores con mayor presencia son el de los transportes y entregas, por un lado, y el comercio, en segundo lugar.

El ahorro que esas empresas habían tenido por usar la figura del falso autónomo, se volatiliza en el momento en que la situación se descubre, ya que las sanciones y consecuencias son muy elevadas.

Referencias