Son muchas las personas que piensan que solo se necesita una buena idea para empezar una empresa. Por desgracia, eso no es así. Son muchos los procesos que hay en la creación de una empresa, y algunos de ellos son difíciles de entender.
En España son varios los tipos de empresa que hay, si tenemos en cuenta la forma jurídica. Saber cuál es la mejor para tu negocio no es tan fácil, puesto que debes tener en cuenta varios aspectos. En esta guía te vamos a explicar los más comunes para que sepas cuál es el que más se adecua con tu negocio.
Tipos de empresa según la personalidad jurídica
Para empezar un negocio y su actividad económica, primero debes decidir es qué tipo de empresa será según su forma jurídica. El tipo de empresa que elijas va a determinar cuáles serán las obligaciones de contabilidad, impuestos, responsabilidad frente a terceros y Seguridad Social.
Es decir, toda persona o grupo de personas que quieren desarrollar una actividad empresarial es necesario que elijan la modalidad legal que más les conviene para su negocio. En el momento de elegir qué forma jurídica te interesa para tu negocio, ten en cuenta que esta va a determinar aspectos como:
- La afiliación a la Seguridad Social.
- Las obligaciones fiscales y de contabilidad.
- La responsabilidad frente a terceros.
- La inversión inicial.
Dicho lo anterior, en las próximas secciones te vamos a explicar cuáles son los tipos de empresa más comunes que existen hoy en día en España.
Autónomo
También conocido como empresario individual, es la forma más extendida de las personas que se encuentran en los primeros pasos de sus proyectos o negocios. Por lo general, el capital inicial no es muy elevado, puesto que no se requiere ningún mínimo de inversión para tener esta forma jurídica.
Una de las ventajas de este tipo de empresa es que se puede hacer una gestión personal de la misma. Además, los trámites administrativos, y los costes derivados de estos, son menos. Eso es así porque el autónomo no tiene la obligación de inscribir su emprendimiento en el Registro Mercantil.
Uno de los posibles problemas que tiene esta forma jurídica de tipos de empresas es la responsabilidad. Es decir, es necesario entender y dar respuesta a las acciones de la empresa, terceras personas y deudas con el patrimonio pasado y futuro. Por eso, se considera que la responsabilidad del autónomo es ilimitada.
En lo que se refiere al pago de impuestos, este se hace a partir del IRPF, ya que el beneficio de la empresa se considera como individual. Ten en cuenta que este es un impuesto progresivo. Eso quiere decir que, cuantos más beneficios genere la empresa, el porcentaje del IRPF será superior. Y lo mismo al revés. Si la empresa genera poco, el IRPF será menor.
Comunidad de bienes
Este es uno de los tipos de empresa más comunes debido a su simplicidad. Es ideal para autónomos que se quieren juntar para llevar a cabo un proyecto en común. También es una forma jurídica interesante para pequeños empresarios individuales que tienen en mente pequeños negocios.
Este tipo de empresa funciona como un acuerdo privado entre dos socios, como mínimo. Estos se les conoce como comuneros. Cada uno tiene la propiedad y titularidad de un derecho indivisible o un bien por el que se obtiene o espera obtener un beneficio a partir del desempeño de una actividad empresarial.
La principal ventaja de este tipo de empresa es que no necesitas un capital mínimo para empezar. Tampoco requiere el registro en el Registro Mercantil, puesto que se puede empezar desde un contrato privado.
Otra de las ventajas de la comunidad de bienes es que el socio fundador puede mantener su figura de autónomo, por lo que solo tiene que tributar el IRPF.
Sociedad Civil
Este es otro tipo de empresa perfecto para empresarios autónomos que quieren emprender un pequeño negocio con ánimo de lucro junto a otros socios. Al igual que los otros tipos de empresa que hemos descrito hasta ahora, no necesita capital inicial para crear la Sociedad Civil.
Formalizar este tipo de empresa se puede hacer a partir de un contrato privado de colaboración entre dos o más personas que acuerdan aportar trabajo en el caso de que sean socios industriales, o bienes o dinero, en el caso de que sean socios capitalistas.
A diferencia de los casos anteriores, este tipo de empresas tiene que tributar ante el Impuesto de Sociedades. Sin embargo, la responsabilidad es igual, puesto que es ilimitada. Es decir, la empresa responde por sus acciones, deudas y ante terceros con su patrimonio pasado o futuro.
Sociedad limitada
Una de las características de las sociedades limitadas es que tienen un carácter mercantil, por lo que su registro implica un acto de constitución. Debido a su naturaleza, este es uno de los tipos de empresa más comunes en España.
A diferencia de los otros modelos que hemos mostrado hasta ahora, en este sus socios no responden personal ni solidariamente ante las deudas sociales ni terceros. La responsabilidad está limitada al capital que se aportó al inicio.
Este tipo de empresa requiere que, como mínimo, haya un fundador y aporte un capital inicial social de 3.000 euros. Este se divide en participaciones sociales, no en acciones.
En lo que se refiere a los impuestos, es necesario que se presenten ante el Impuesto de Sociedades. Como curiosidad, si se facturan más de 40.000 euros de beneficios, los impuestos que se pagan son menores que los de los autónomos.
Sociedad anónima
Al igual que el caso anterior, la sociedad anónima es uno de los tipos de empresa más común en España. Esta se caracteriza por el capital dividido en acciones. Es decir, estas se pueden transferir con total libertad, algo que no se puede hacer con las sociedades limitadas.
Como se indica en los estatutos, las sociedades anónimas pueden aceptar la participación de una gran cantidad de socios. Además, el capital mínimo inicial es de 60.000 euros. No importa cómo se aporta este dinero, pues puede ser de una vez o de forma parcial.
Para este tipo de modelo, la responsabilidad está limitada al capital inicial que se aporta de inicio, por lo que los socios no tienen que responder de forma personal. Este es uno de los tipos de empresa que puede cotizar en la bolsa. Para tal, es necesaria que se hagan cuentas anuales e inspecciones periódicas.
En lo que se refiere a la tributación, este modelo de empresa tiene que presentar el 25% de sus beneficios percibidos ante el Impuesto de Sociedades.
Sociedad laboral
Las sociedades laborales tienen la característica que pueden ser anónimas o limitadas, según lo prefieran los socios. Sin embargo, es necesario que sean un mínimo de 4 para poder crear este tipo de empresa.
Este tipo de empresa se puede dividir en dos grupos. El primero, la clase laboral, controla el 51% de las acciones, mientras que la clase general (no trabajan directamente en la empresa) controla el resto. Es una forma de asegurarse de que ningún socio controle la mayoría.
El capital aportado depende del tipo de sociedad que se elija. Para recapitular, en el caso de que se trae de limitada este es de 3.000 euros, mientras que en el caso de anónima este asciende a 60.000 euros.
Al tratarse de una sociedad, la responsabilidad es limitada al capital que aportan los socios. Y, al igual que la sociedad anónima, el Impuesto de Sociedades es de un 25% sobre los beneficios que tenga la empresa.
Sociedad cooperativa
Este es uno de los tipos de empresas que ofrece más beneficios. Este modelo tiene una responsabilidad limitada y precisa de un mínimo de 3 socios. Los beneficios que se perciben en este tipo de empresa están destinados a cubrir las necesidades y funcionamiento del negocio, mientras que el excedente se destina a los socios. Hay que tener en cuenta que el 30% de los excedentes deben destinarse a un fondo de reserva obligatorio y a uno específico para realizar actividades de promoción y educación.
Eso es así porque este tipo de empresas realizan actividades empresariales sin ánimo de lucro y con fines sociales. Por eso, uno de sus objetivos es la mejora y mantenimiento de los puestos de trabajo para los socios.
En lo que se refiere a la responsabilidad, esta está limitada a la aportación de los socios. No obstante, a diferencia de otros tipos de empresa, existe la posibilidad de modificar los estatutos y hacer que sea ilimitada. Es decir, en ese caso los socios tendrían que responder de forma personal a las obligaciones y deudas que pueda tener la empresa-
En cuanto a los impuestos, la sociedad cooperativa solo declara el 20% de los beneficios percibidos ante el Impuesto de Sociedades.
Tabla de los tipos de empresa en España
A continuación, te mostramos una tabla resumiendo los principales tipos de empresa en el país con sus características más importantes:
Tipo de empresa | Número de socios | Capital | Responsabilidad |
Autónomo | 1 | No hay mínimo | Ilimitada |
Comunidad de bienes | Mínimo 2 | No hay mínimo | Ilimitada |
Sociedad civil | Mínimo 2 | No hay mínimo | Ilimitada |
Sociedad anónima | Mínimo 1 | Mínimo 60.000 euros | Limitada |
Sociedad laboral | Mínimo 4 | Mínimo 3.000 euros | Limitada |
Sociedad cooperativa | Mínimo 2 | Mínimo fijado en los estatutos | Limitada, con posibilidad a cambiarla a ilimitada |
Qué tener en cuenta para decidir qué tipo de empresa es adecuada para tu negocio
Tras mostrarte los tipos de empresa más comunes en España, algunas de ellas negocios que funcionan solos, te vamos a dar una serie de aspectos que debes tener en cuenta para decidir qué tipo de empresa se ajusta a las necesidades de tu negocio:
- Dependiendo del tipo de actividad, será necesario que elijas un tipo determinado. Por ejemplo, si la actividad tiene que ver con la banca o los seguros, es obligatorio que tengas una forma jurídica específica.
- El número de personas que empieza la empresa es un punto determinante. Si eres tú solo, puedes empezar siendo autónomo. En cambio, si sois más, tendrás que elegir entre uno de los tipos de empresa que hemos descrito en esta guía.
- El capital inicial también determina el tipo de empresa. Por ejemplo, en algunos tipos de sociedades necesitas un mínimo de 3.000 euros, mientras que si eres autónomo no necesitas una inversión inicial.
- Si sois varios socios, tened en cuenta el tipo de responsabilidad que queréis ante terceros. Dependiendo de cuáles sean vuestros objetivos, elegid uno u otro.
- Fíjate en los impuestos que debes pagar. Por ejemplo, como autónomo, tributas ante el IRPF, mientras que en otros casos lo haces ante el Impuesto de Sociedades. Dependiendo de tus beneficios, el porcentaje de tributación será mayor o menor. Tenlo en cuenta en el momento de elegir el tipo de empresa.
- Las obligaciones contables es una de las partes más importantes de cualquier empresa, y el no llevarlas bien puede tener un efecto directo en la supervivencia de tu negocio. Por ejemplo, la contabilidad de un autónomo es más simple que el de una sociedad, al igual que los costes de esta administración, que son menores.
Como puedes ver, en España hay muchos tipos de empresa, algunos más comunes que otros. Lo ideal es que tengas en cuenta los factores que te hemos explicado al principio de esta guía para elegir cuál es mejor para tus intereses y el de tu negocio.
Referencias
- https://www.tas-consultoria.com/blog-es/tipos-de-empresas-en-espana/
- https://ayudatpymes.com/gestron/tipos-de-empresa-constituir/
- https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/guias-de-emprendimiento/tipos-sociedades-formas-juridicas-caracteristicas/20161217193257010005.html
- https://www.camara.es/blog/creacion-de-empresas/tipos-de-sociedades-mercantiles-en-espana-cual-se-adapta-mejor-tus-necesidades
- https://www.gdasesoria.com/blog/posts/tipos-sociedades-espana
- https://spinoff.ugr.es/spinoffs/infobenefit/tipos-de-empresas-formas-juridicas/